Por marsela el 03 Jun 2008, 17:06
UNA EMPLEADA DEL IMSS REGISTRO A MI ESPOSO LEGALMENTE HASTA AHORITA, COMO CONCUBINO EN EL IMSS DESDE EL 2005, HICE LA DENUNCIA Y NO ENCONTRATON EL EXPEDIETE QUE CETIFIQUE QUE EL TRAMITE SE HIZO CUMPLIENDO LOS REQUISITOS DEL IMSS.
ME ESTAN CITANDO PARA CAREARME CON LA FULANA QUE REGISTRO A MI ESPOSO (QUE DE SEGURO ES SU AMANTE) CUALES PUEDEN SER MIS ALEGATOS PARA EXIGIR LA RECISIÒN DE SU CONTRATO.
NUEVAMENTE SOBRE EL ASUNTO DEL IMSS. LO QUE QUIERO SABER ES QUE SANCION PUEDO EXIGIR QUE SE LE APLIQUE A LA EMPLEADA. HASTA DONDE PUEDO EXIGIR AL JURIDICO DEL IMSS QUE LA SANCIONES, SI COMETIO FRAUDE AL IMSS.
ME URGE LA RESPUESTA. TENGO CITA EN EL JURIDICO
Por quetzalcoatl el 03 Jun 2008, 17:43
Estimada Marsela, efectivamente es un delito configurado como fraude hacia el propio IMSS y sancionado como tal en los términos del Código Penal Federal, para lo cual usted ya procedió de manera correcta al realizar su denuncia.
El careo que se va realizar servirá para comprobar lo dicho por cada una de las partes.
Para el careo lleve por favor los siguientes documentos:
Acta de matrimonio.
Credencial del IFE.
Comprobante de domicilio.
Le harán unas preguntas acerca de su identidad, domicilio y parentesco con los defraudadores.
El área jurídica del IMSS hará su parte en cuanto llegue a la verdad de los hechos.
Suerte con su cita, nos platica por favor que sucedió.
Por marsela el 04 Jun 2008, 12:04
LA DEFRAUDADORA DEL IMSS, TIENE MAS DE 15 AÑOS TRABAJANDO Y DE ACUERDO CON LA CLAUSULA 43 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO AMPARA A LOS SINDICALIZADOS, Y NO SE LES PUEDE RESCINDIR EL CONTRATO, COMO PUEDO AMPARARME CONTRA ESA CLAUSULA
Por quetzalcoatl el 04 Jun 2008, 19:55
Bueno, por lo que comenta usted, es una persona que le hizo el "favor" a su marido de darlo de alta en el IMSS bajo la conocida modalidad de concubinato, con lo cual, tanto él como la empleada están cometiendo varios delitos de acuerdo al Código Penal Federal, la Ley del Seguro Social y la Ley Federal de Resposabilidades de los Servidores Públicos.
La antiguedad que tiene dicha persona sólo protege su estabilidad laboral, pero no la protege de la pena de privarle su libertad y las multas que deban pagar los dos presuntos responsables por su conducta antijurídica.
Para llegar a ese punto, será necesario que usted haya denunciado, como así lo hizo, luego que el IMSS interponga su querella y con ello se inicie la averiguación previa, después el Ministerio Público consignará el asunto al juzgado penal quien dictará su sentencia definitiva.
Aclaro que tanto su marido como la empleada del IMSS pueden resultar culpables.
Saludos